CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS AHORRO ENERGÉTICO EN INMUEBLES

1) ¿Qué es la certificación energética de edificios?

Se trata de un certificado por el que se evalúa las características energéticas de una vivienda. El Real Decreto 235/2013 de 5 de abril exige dicho certificado al propietario de un edificio, vivienda o local que vaya a ser vendido ó arrendado.

También es exigible a los edificios de nueva construcción desde el año 2007.

2) En concreto, ¿qué se analiza en una vivienda?

El certificado energético analiza los cerramientos de la vivienda (muros, paredes, suelos, etc.) además de aquellos equipos dedicados a climatizar (tanto en verano como en invierno) como los equipos que preparan el agua para usos sanitarios (ducha, baño, etc.). Esto se enfoca tanto en reducir el gasto energético como en mejorar la confortabilidad de la vivienda.

3) ¿Qué beneficios aporta?

Un certificado realizado correctamente permitirá detectar donde se podría mejorar y reducir los gastos debido a las posibles mejoras de los cerramientos del inmueble y/o de las instalaciones térmicas. Esto permitirá al propietario aumentar la calidad del inmueble que venda ó alquile siendo más atractivo para interesados en la vivienda pudiendo decidir por su vivienda en vez de otras con peor calificación.

En los edificios nuevos la certificación ya es una garantía de unos niveles mínimos de calidad y confortabilidad.

4) ¿Qué aporta GEYPE?

GEYPE, con una experiencia de más de 30 años, dedicada a la Gestión y Proyectos Energéticos, aporta técnicos cualificados, experimentados y preparados para realizar el certificado para realizarlo de manera correcta, sin sorpresas para usted en un futuro; su registro en la administración y, si lo desea, evaluarle medidas de mejoras para reducir su gasto energético en la vivienda. GEYPE cuenta con TÉCNICOS ALTAMENTE CUALIFICADOS para reducir el consumo energético del inmueble y dotarle de una mayor confortabilidad. Esto podría dotarle desmarcarse de otras ofertas de venta de viviendas, destacándose sobre la competencia.

5) Validez

El certificado energético tiene una validez de 10 años, siendo la repercusión anual muy baja, sin contar, los posibles ahorros económicos que deriven del certificado energético.

6) ¿Qué aporta?

El certificado permitirá determinar la calidad del inmueble desde un punto de vista de confortabilidad y consumo energético. Se clasifica desde la A (la más favorable) a la G (la menos). El certificado podría otorgarle una diferenciación con respecto a la competencia, que su vivienda sea más atractiva ante los interesados al ofrecerle una vivienda que podrá consumir menos y más confortable que el resto del mercado.

7) ¿Cuál es el coste?

El precio dependerá del servicio ofertado:

Opción 1: Sin estudio técnico-económico de las medidas de mejoras.
Opción 2: Con estudio técnico-económico de las medidas de mejoras. Esta alternativa le evaluaría en cuanto tiempo recuperaría la inversión necesaria en las mejoras con respecto a los ahorros económicos que conseguiría.
Otros condicionantes del precio son la tipología del inmueble, la superficie construida y el entorno.

El coste para una vivienda de tamaño medio es de unos 100€.

 

GEYPE LE IDENTIFICARÁ POSIBLES VÍAS DE AHORROS.

8) ¿Qué información deberá contener el certificado?

El certificado de eficiencia energética de la vivienda contendrá como mínimo la siguiente información:

a) Identificación de la vivienda incluyendo su referencia catastral.

b) Indicación del procedimiento la calificación de eficiencia energética.

c) Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción.

d) Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente edificatoria e instalaciones térmicas.

e) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.

f) Documento de recomendaciones para la mejora de la calificación energética, a menos que no exista ningún potencial razonable para una mejora. Estas recomendaciones podrán venir acompañadas de un análisis de rentabilidad económica aunque no es obligatorio.

g) Descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo, en su caso, por el técnico competente durante la fase de calificación energética.

h) Cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas.

9) Registro de las viviendas certificadas.

Las Comunidades Autónomas dispondrán de un registro otorgándole una referencia única. En el caso de Andalucía, el certificado tendrá que registrarse en Industria sin ningún coste asociado.

GEYPE, mediante autorización de su parte, le realizará los trámites necesarios.

10) Sanciones.

Las Comunidades Autónomas ejecutarán las bases de inspección y las sanciones.

El R.D. incluye un régimen sancionador. El no disponer de certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuarios pudiéndose alcanzar multas de varios miles de euros.

El certificado de eficiencia energética de la vivienda es obligatorio para cualquier operación de compra-venta o alquiler de la vivienda.

11) ¿Qué se hace con el certificado cuando se realice la transacción?

En el caso de venta del inmueble, el antiguo propietario tendrá que entregar al nuevo propietario el certificado energético.

En el caso de alquiler, el propietario entregará una copia del certificado energético al arrendatario o quién alquile la vivienda. El original seguirá en posesión del propietario.